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Normativa PRL



Normativa PRL

  • “Los poderes públicos fomentarán una política que garantice la formación y readaptación profesional; velarán por la seguridad e higiene en el trabajo…” (art. 40.2).
  • “Se reconoce el derecho a la protección de la salud” (art. 43.1).
  • “Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud a través de las medidas preventivas” (art. 43.2).

  • “En la relación de trabajo los trabajadores tienen derecho a su integridad física y a una adecuada política de prevención de riesgos laborales” (art. 4.2.d).
  • “El trabajador, en la prestación de sus servicios, tendrá derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo” (art. 19.1).

  • Relativa a la aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores.

 

Otras Normas de prevención de riesgos laborales

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